UNIVERSIDAD TECNICA
PARTICULAR DE LOJA
DERECHOS HUMANOS
Han firmado los Estados Unidos, Ecuador, Liechtenstein, Uruguay, Cambodia, y Niger Pacto
de Derechos Económicos Sociales y Culturales? Cuáles?
Estos cuatros
países difieren en la ratificación de los protocolos facultativos del pacto
internacional de derechos civiles y políticos: Ecuador firma y ratifica el Pacto Internacional de Derechos
Económicos Sociales y Culturales; Liechtenstein: no firma ni
ratifica solo se adhiere; Uruguay:
firma y ratifica el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y
Culturales; Cambodia: solo se adhiere; Niger: solo se adhiere.
Suponiendo que Matthew Poncelet fuera juzgado en país que hubiera firmado
y ratificado los protocolos facultativos, que podría hacer para proteger sus
derechos ante el Comité de Derechos Humanos?
La persona en particular podría pedir ante el
Comité que el Estado Parte acoja las
llamadas «medidas provisionales» para impedir un daño irreparable, como la
violación de su derecho fundamental a la vida mientras se examina la denuncia
por parte de los expertos del Comité. Esas medidas tienen por objeto
fundamental preservar los derechos de las partes hasta que el Comité adopte una
decisión respecto de la denuncia. Si el Comité comprueba la existencia de una
violación al derecho a la defensa o un
derecho en un caso en particular, pedirá al estado parte la inmediata
reparación a esa violación siempre y cuando esté acorde al Pacto, se suele
recomendar como medida de reparación el pago de una indemnización, la
derogación o enmienda de la legislación o la puesta en libertad de una persona
arrestada. Dentro del proceso el Relator Especial del Comité avoca conocimiento
del caso para los seguimientos de los dictámenes y se pone en comunicación con
las partes a fin de llegar a una solución satisfactoria a la luz del dictamen
del Comité.
3) Un ciudadano que haya interpuesto una acción ante la comisión interamericana
de derechos, puede acudir al comité de derechos humanos por el mismo caso?
Si se presentó una denuncia ante un organismo
internacional como la comisión interamericana de derechos humanos, el comité de
derechos no podrá conocer la misma denuncia consistiendo el objeto de esta
norma en evitar duplicaciones innecesarias en el plano internacional. Este es
otro aspecto de la admisibilidad que debe tratar la denuncia original,
describiendo todas las denuncias que haya presentado y especificando a qué órgano
las presentó, en qué fecha y con qué resultado. “Uno de los principios básicos para determinar la admisibilidad de una
denuncia es haber agotado todos los recursos disponibles en su Estado como ya
se lo menciono”.
El art. 5 del Protocolo Facultativo de Derechos Civiles y Políticos numeral 2: refiere el Comité no
examinara ninguna comunicación de un individuo a menos que se haya cerciorado
que, literal a: el mismo asunto no
ha sido sometido ya a otro procedimiento de examen o arreglo.
4) Que derechos consagrados en el pacto de derechos civiles y políticos se
están vulnerando Matthew Poncelet?
En el caso Matthew Poncelet se vulneran
algunos derechos resaltados en los siguientes artículos del Pacto:
Art. 14 literal d) “A hallarse presente en el proceso y a defenderse personalmente o a ser
asistida por un defensor de su elección; a ser informada, si no tuviera
defensor del derecho que le asiste a tenerlo, y, siempre que el interés de la
justicia lo exija, a que se nombre defensor de oficio, gratuitamente, si careciere de medios suficientes pagarlo”.
Art.26 establece:
“todas las personas son iguales ante la ley y tienen derechos sin
discriminación a igual protección de la
ley… todas las personas tienen protección igual y efectiva contra cualquier
discriminación.”
5) En el estado federal X la pena de muerte está prohibida en todos los
cantones, salvo en uno. Vulnera X la disposiciones del segundo protocolo
facultativo del pacto de derechos civiles y políticos?
El Estado X si ha firmado y ratificado el
segundo protocolo del pacto de derechos civiles y políticos si vulnera las
disposiciones de este protocolo puesto que el “art. 1 numeral 1 dice: que
no se ejecutara a ninguna persona sometida a la jurisdicción de un Estado Parte
en el presente Protocolo; numeral 2:
cada uno de los estados partes adoptará todas las medidas necesarias para
abolir la pena de muerte en su jurisdicción.
Por otro lado el art. 9 refiere: las disposiciones del presente
Protocolo serán aplicables a todas partes componentes de los Estados federales,
sin limitación ni excepción alguna”.
BIBLIOGRAFÍA
PROCEDIMIENTOS
PARA PRESENTAR DENUNCIAS; Naciones Unidas; Folleto informativo N.° 7(Rev.1)
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